jueves, 15 de mayo de 2014

QUE MAÑANA SE CELEBRE OTRO TRIUNFO




El día de hoy  en la Corte Constitucional se juegan dos temas de suma importancia en lo que respecta a la reducción al maltrato de los otros animales en el país; el primero es la adopción con total legitimidad y legalidad por parte del Estado de la decisión de prohibir el uso de animales silvestres, “exóticos” y nativos en los espectáculos de los circos fijos e itinerantes del país; el segundo tema es la posibilidad de que cualquier persona o el Estado mismo pueda representar a los otros animales para accionar la justicia evitando su maltrato.

Los temas a los que nos hemos referido están en debate del alto tribunal en razón de la demanda de constitucionalidad presentada por algunos propietarios de circos contra la Ley 1638 de 2013, que prohíbe el uso de animales silvestres, “exóticos” y nativos en circos fijos e itinerantes, pues según la norma, alejar a tales especies de su ambiente de existencia constituye una modalidad de maltrato, por lo que se establecen sanciones monetarias y hasta penales. La motivación de la demanda según los peticionarios es que al prohibirse el uso de las especies ya indicadas, se restringe el derecho de los y las niñas a tener espectáculos de entretenimiento.

De acuerdo a la publicación realizada por Semana.com el pasado 7 de mayo[1], la ponencia que el magistrado Jorge Iván Palacio presentará en sala, mantendría el sentido de la ley en cuestión, cubriéndola de la legitimidad y la legalidad constitucionales.

Con el fin de aportar al debate público de la demanda cabe analizar los argumentos esgrimidos por los propietarios de los circos, y algunas de las implicaciones que podría tener un fallo que siga la línea propuesta por el magistrado Palacio.

Las y los niños sin espectáculos de entretenimiento

El principal argumento que plantean las partes demandantes de la ley 1638 de 2013 es que el prohibir el uso de animales silvestres, “exóticos” y nativos en los circos limita el derecho de las personas menores de edad al entretenimiento. Si bien de acuerdo a la protección especial constitucional cualquier persona puede interceder para proteger los derechos de los niños y las niñas, en este caso cabe preguntarse si la aparente vulneración efectivamente se presenta. En primera medida, sin demeritar el trabajo de los circos, cabe señalar que existen múltiples espectáculos de entretenimiento para menores de edad como conciertos, obras  de teatro y/o de títeres, danza o hasta la televisión, por lo que modificación de una forma como la de los circos no les impediría acceder al entretenimiento en general. En segunda medida, en cuanto al acceso a la forma misma de entretención que es el circo, el que noutilicen animales como los puestos en cuestión no lleva a que se les impida realizar sus actividades o que se pierda el espíritu mismo de la actividad cirquera. Como tercer punto y más importante, la elección de los espectáculos de entrenamiento a los cuales asistir y juzgar de manera positiva lo deben realizar las niñas y los niños, y no ser impuestas por otros sujetos. Frente a todo lo anterior es preciso reflexionar sino es más positivo que en los circos valoremos las potencialidades humanas y trabajemos en ellas, porque de seguro que circos sin animales no solamente mantendrían la asistencia de sus públicos tradicionales, sino que ganarían la asistencia de las ciudadanas y los ciudadanos que actualmente rechazan el maltrato a otros animales.

La posible decisión de la Corte Constitucional

En caso de que la Corte Constitucional acoja la ponencia del magistrado Palacio, no solo se abre el escenario de la prohibición del uso de otros animales en los circos, se abren nuevas posibilidades para el movimiento de eliminación del maltrato frente a estos. La primera posibilidad es que la prohibición se pueda ampliar en algún momento gracias a demandas ciudadanas y por vía de jurisprudencia a otros espectáculos de entremetimiento como por ejemplo las corridas de toros, puesto que lo único que sostiene las prácticas marginales de tauromaquia como lo señaló la Corte son la tradición y la costumbre. En el caso de los circos se ve como a pesar de ser fijos o itinerantes, y ser un espectáculo tradicional, se respalda de manera constitucional la prohibición; adicionalmente, cabe recordar la motivación de la ley 1638 de 2013 que es que los animales de los circos al estar alejados de sus entornos de existencia son objeto de maltrato, al analizar el caso de las corridas, es claro que los toros o  caballos que participan en tales espectáculos no se encuentran en su entorno común, han sido alejados del mismo, además con la intención de maltratarlos físicamente. Por lo anterior por medio de la jurisprudencia el caso de los circos y el de las corridas de toros y corralejas podrían llegarse a equiparar.

La segunda posibilidad que se abre es que el Estado y la ciudadanía en general puedan representar a otros animales ante la justicia para evitar su maltrato, lo que sería un avance de gran valor para los movimientos de protección y/o liberación animal del país.

Los retos

A pesar de las posibles bondades del fallo de la Corte Constitucional, aún subsistirían restos para la jurisprudencia colombiana en cuanto a la protección y/o liberación de los otros animales. El primer reto es que si bien el fallo prohíbe el uso de animales silvestres, “exóticos” y nativos en los circos, no hace lo mismo con los animales domésticos y domésticados, dejándolos en un limbo en el que son susceptibles de ser utilizados para el entrenimiento. El segundo reto es que la jurisprudencia pase del enfoque anti-maltrato que maneja a uno de anti-explotación de las otras especies,  es preciso que se comprenda que los animales son usados en las industrias y en muchos otros espectáculos sin obtener ningún beneficio y sin poder tener control sobre sus vidas, por lo que sufren, de ahí que también se deba terminar con tales prácticas.

Y el día de mañana

A pesar de los retos del posible fallo de la Corte Constitucional, son innegables los avances que lo acompañan, por lo que desde la Fundación PULSO deseamos que mañana se celebre  otro triunfo para los movimientos de protección y/o liberación del país, y más valioso que ello, de las otras especies de animales que aún sufren maltrato y explotación.

Autor: Oscar Javier Martinez Cruz
Voluntario del proyecto PROAMA de la Fundación PULSO



[1]  SEMANA-COM. Circos deberán dejar de usar animales en espectáculos. Publicación digital en la página de SEMANA.COM. http://www.semana.com/nacion/articulo/corte-constitucional-prohibiria-uso-de-animales-en-circos/386324-3  . Consulta realizada el 15 de mayo 2014.

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