El día de hoy en la Corte Constitucional se juegan dos
temas de suma importancia en lo que respecta a la reducción al maltrato de los
otros animales en el país; el primero es la adopción con total legitimidad y
legalidad por parte del Estado de la decisión de prohibir el uso de animales
silvestres, “exóticos” y nativos en los espectáculos de los circos fijos e
itinerantes del país; el segundo tema es la posibilidad de que cualquier
persona o el Estado mismo pueda representar a los otros animales para accionar
la justicia evitando su maltrato.
Los temas a los que nos hemos referido
están en debate del alto tribunal en razón de la demanda de constitucionalidad
presentada por algunos propietarios de circos contra la Ley 1638 de 2013, que
prohíbe el uso de animales silvestres, “exóticos” y nativos en circos fijos e
itinerantes, pues según la norma, alejar a tales especies de su ambiente de
existencia constituye una modalidad de maltrato, por lo que se establecen
sanciones monetarias y hasta penales. La motivación de la demanda según los
peticionarios es que al prohibirse el uso de las especies ya indicadas, se
restringe el derecho de los y las niñas a tener espectáculos de
entretenimiento.
De acuerdo a la publicación realizada por
Semana.com el pasado 7 de mayo[1], la
ponencia que el magistrado Jorge Iván Palacio presentará en sala, mantendría el
sentido de la ley en cuestión, cubriéndola de la legitimidad y la legalidad
constitucionales.
Con el fin de aportar al debate público de
la demanda cabe analizar los argumentos esgrimidos por los propietarios de los
circos, y algunas de las implicaciones que podría tener un fallo que siga la
línea propuesta por el magistrado Palacio.
Las y los niños sin espectáculos de
entretenimiento
El principal argumento que plantean las
partes demandantes de la ley 1638 de 2013 es que el prohibir el uso de animales
silvestres, “exóticos” y nativos en los circos limita el derecho de las
personas menores de edad al entretenimiento. Si bien de acuerdo a la protección
especial constitucional cualquier persona puede interceder para proteger los
derechos de los niños y las niñas, en este caso cabe preguntarse si la aparente
vulneración efectivamente se presenta. En primera medida, sin demeritar el trabajo
de los circos, cabe señalar que existen múltiples espectáculos de
entretenimiento para menores de edad como conciertos, obras de teatro y/o de títeres, danza o hasta la
televisión, por lo que modificación de una forma como la de los circos no les
impediría acceder al entretenimiento en general. En segunda medida, en cuanto
al acceso a la forma misma de entretención que es el circo, el que noutilicen
animales como los puestos en cuestión no lleva a que se les impida realizar sus
actividades o que se pierda el espíritu mismo de la actividad cirquera. Como
tercer punto y más importante, la elección de los espectáculos de entrenamiento
a los cuales asistir y juzgar de manera positiva lo deben realizar las niñas y
los niños, y no ser impuestas por otros sujetos. Frente a todo lo anterior es
preciso reflexionar sino es más positivo que en los circos valoremos las
potencialidades humanas y trabajemos en ellas, porque de seguro que circos sin
animales no solamente mantendrían la asistencia de sus públicos tradicionales,
sino que ganarían la asistencia de las ciudadanas y los ciudadanos que
actualmente rechazan el maltrato a otros animales.
La posible decisión de la Corte
Constitucional
En caso de que la Corte Constitucional
acoja la ponencia del magistrado Palacio, no solo se abre el escenario de la
prohibición del uso de otros animales en los circos, se abren nuevas
posibilidades para el movimiento de eliminación del maltrato frente a estos. La
primera posibilidad es que la prohibición se pueda ampliar en algún momento
gracias a demandas ciudadanas y por vía de jurisprudencia a otros espectáculos
de entremetimiento como por ejemplo las corridas de toros, puesto que lo único
que sostiene las prácticas marginales de tauromaquia como lo señaló la Corte
son la tradición y la costumbre. En el caso de los circos se ve como a pesar de
ser fijos o itinerantes, y ser un espectáculo tradicional, se respalda de
manera constitucional la prohibición; adicionalmente, cabe recordar la
motivación de la ley 1638 de 2013 que es que los animales de los circos al
estar alejados de sus entornos de existencia son objeto de maltrato, al
analizar el caso de las corridas, es claro que los toros o caballos que participan en tales espectáculos
no se encuentran en su entorno común, han sido alejados del mismo, además con
la intención de maltratarlos físicamente. Por lo anterior por medio de la
jurisprudencia el caso de los circos y el de las corridas de toros y corralejas
podrían llegarse a equiparar.
La segunda posibilidad que se abre es que
el Estado y la ciudadanía en general puedan representar a otros animales ante
la justicia para evitar su maltrato, lo que sería un avance de gran valor para
los movimientos de protección y/o liberación animal del país.
Los retos
A pesar de las posibles bondades del fallo
de la Corte Constitucional, aún subsistirían restos para la jurisprudencia
colombiana en cuanto a la protección y/o liberación de los otros animales. El
primer reto es que si bien el fallo prohíbe el uso de animales silvestres, “exóticos”
y nativos en los circos, no hace lo mismo con los animales domésticos y
domésticados, dejándolos en un limbo en el que son susceptibles de ser
utilizados para el entrenimiento. El segundo reto es que la jurisprudencia pase
del enfoque anti-maltrato que maneja a uno de anti-explotación de las otras
especies, es preciso que se comprenda
que los animales son usados en las industrias y en muchos otros espectáculos
sin obtener ningún beneficio y sin poder tener control sobre sus vidas, por lo
que sufren, de ahí que también se deba terminar con tales prácticas.
Y el día de mañana
A pesar de los retos del posible fallo de
la Corte Constitucional, son innegables los avances que lo acompañan, por lo
que desde la Fundación PULSO deseamos que mañana se celebre otro triunfo para los movimientos de
protección y/o liberación del país, y más valioso que ello, de las otras
especies de animales que aún sufren maltrato y explotación.
Autor:
Oscar Javier Martinez Cruz
Voluntario
del proyecto PROAMA de la Fundación PULSO
[1] SEMANA-COM. Circos deberán dejar de usar
animales en espectáculos. Publicación digital en la página de SEMANA.COM. http://www.semana.com/nacion/articulo/corte-constitucional-prohibiria-uso-de-animales-en-circos/386324-3 . Consulta realizada el 15 de mayo 2014.